Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA MATERIA para conocer el presente asunto;
SEGUNDO: DECLINA la competencia por ante el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución de los Tribunales de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, la presente demanda por motivo de Partición y Liquidación de Comunidad Conyugal incoada por la ciudadana Gandys Lisandra Piñeiro contra el ciudadano Joham José Miquelena Salcedo, ut supra identificados, suficientemente identificados en las actas.
Remítase mediante oficio en la oportunidad procesal correspondiente el presente expediente en su forma original a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Prot.....