este Juzgado provee conforme a lo solicitado, en consecuencia suspende la MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 08 de julio del año 2014, y que recayera sobre un inmueble propiedad del ciudadano MIGUEL COLETTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.975.716, constituido por una casa quinta y su terreno propio, situada en la calle 50 de la urbanización "El Portal", signada con el número 13B-42, en jurisdicción del antiguo Municipio Coquivacoa del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, ahora parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. La cual consta de una superficie aproximada de cuatrocientos veinticinco metros cuadrados (425 Mts.2) alinderada de la siguiente manera: NORTE: diecisiete metros (17 Mts.) y con propiedad que es o fue de inmobiliaria Faria, C.A.; SUR: diecisiete metros (17 Mts.) y calle 50; ESTE: veinticinco metros (25 Mts) y la parcela número 168 y OESTE: veinticinco metros (25 Mts.) y la parcela númer.....