Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por Cobro de Bolívares (Intimación) intentara la Sociedad de Comercio, C.A DIARIO PANORAMA, en contra del ciudadano ORLANDO VILORIA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 640, 642 y 643 del Código de Procedimiento Civil vigente.