ÚNICO
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y la Ley, declara:
UNICO: HOMOLOGADO, el acuerdo (CESION DE DERECHOS LITIGIOSOS) presentado por los ciudadanos FREDDY ALEJANDRO ATENCIO BOSCAN, quien es venezolano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad personal Nº V- 18.319.357, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 162.456, de este mismo domicilio, actuando en este acto con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE DIAZ RODRIGUEZ, C.A (TRANSPORTE DIROCA), RIF: J-31111384-3. debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha, 11 de Febrero de 2004, bajo el Nro.35; Tomo 3-A; Trimestre 1ero; Expediente 17.534;.....