Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION DEL CIUDADANO BETULIO JESUS PAZ SANCHEZ y en consecuencia se ordena rectificar dicha acta de defunción N° 2.281 en los libros que lleva la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá y el Registro Principal ambos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el sentido de que se asiente que el ciudadano BETULIO JESUS PAZ SANCHEZ, solo tuvo dos hijos que llevan por nombres JOHANDRY JAVIER PAZ PORRAS Y KENDRY JOSE PAZ PORRAS, dejándose corregido de esta manera el error involuntario cometido al asentarse el acta.- Háganse las debidas participaciones de Ley