DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por nulidad de venta intentó el profesional del derecho ÍVAN CARRUYO MÁRQUEZ, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos SILVIO JOSÉ SICILIANO RINCÓN y AMALIA SILVIA SICILIANO, en contra de los ciudadanos DUILIO SICILIANO PÉREZ, MARIO SICILAINO PÉREZ, CONSUELO MUYALE DE SICILIANO, SILVIA SICILIANO DE BARBOZA, NERVA JOSEFINA PÉREZ DE SICILIANO, EDGAR PÉREZ BOSCÁN, JESÚS RINCÓN FERNÁNDEZ, JOSÉ CÉSAR SICILIANO MELLONE, a la Sociedad Mercantil PROPIETARIA DE INMUEBLES DON SILVIO, C.A., a la Sociedad Mercantil INVERSIONES Y PROYECTOS NASI; C.A., a la Sociedad Mercantil INVERSIONES SIPER, C.A., a la Sociedad Mercantil INVERSIONES TOUMA, C.A., a la Sociedad Mercantil IN.....