Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO DE LA CIUDADANA NILSA ROSA PINO DEL MAR, y en consecuencia se ordena rectificar dicha acta de nacimiento N° 228 en los libros de duplicados que lleva la Prefectura del Municipio Moralito, Distrito Colón del Estado Mérida, en el sentido de que se asiente el Municipio y el Estado en el cual la ciudadana NILSA ROSA PINO DEL MAR fue presentada, dejándose corregido de esta manera el error involuntario cometido al asentarse la partida de nacimiento en el Libro de duplicados llevados por esa oficina.-.Háganse las debidas participaciones de Ley.