este Juzgado considerando que lo desistido por la parte demandante en la causa no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el desistimiento del Procedimiento, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo los derechos de terceros.- Consecuencialmente, se suspende la medida de Amparo a la Posesión, decretada por este tribunal en fecha 07 de noviembre de 2005, y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de Los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla, (hoy Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia), en fecha 09 de diciembre de 2005.- Con relación a la impugnación de sustitución de poder, esta operadora .....