Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por PARTICIÓN DE LA SOCIEDAD MERCANTIL intentó el ciudadano IVELIO BRICEÑO, en contra de la ciudadana ANA TOVAR, ambos suficientemente identificados.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.