Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de l Circunscripción Judicial del estad Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en el presente juicio que, por Cumplimiento de Contrato Comodato, sigue la Sociedad Mercantil UNIDAD CLINICA BIOANALITICA DEL SUR, C.A. en contra de la Sociedad Mercantil MICROBIOLOGIA DE VENEZUELA, C.A, por los fundamentos antes señalados.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.-