Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO el proceso de DIVORCIO ORDINARIO basado en la causal segunda del Artículo 185 del Código Civil incoado por el ciudadano BLADIMIR ENRIQUE GARCIA QUIROZ en contra de la ciudadana ADA MARIA GUTIERREZ VELAZCO, ambos anteriormente identificados en actas.
No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del proceso.-