Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismos no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbres y no alteran el orden público, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de
la Ley, declara: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO, presentado por la parte actora, en el juicio que por EXPROPIACIÓN, sigue la PROCURADORA GENERAL DEL ESTADO ZULIA, abogada en ejercicio REBECA MILAGROS DEL GALLEGO TUGERMAN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 11.594, contra Sociedad Mercantil INVERSORA EL TRIANGULO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en fecha 17 de Diciembre de 1982, bajo el No. 57, Tomo 66 A, en la persona de su Presidente ciudadano RAFAEL JOSÉ RINCÓN URDANETA, venezolano, mayor de .....