Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA EN SEDE CONSTITUCIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SE HOMOLOGA el desistimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ADAN VIVAS SANTAELLA, en contra de la COMISIÓN ELECTORAL DEL LAGO MARACAIBO CLUB, ambas partes suficientemente identificadas.
SEGUNDO: SE ORDENA EL LEVANTAMIENTO de la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA decretada por este órgano jurisdiccional mediante resolución de fecha 5 de noviembre de 2021, y en tal sentido, SE ORDENA participar mediante oficio a la referida Comisión Electoral para su conocimiento y a los fines pertinentes.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS al accionante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por h.....