Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por DAÑOS MATERIALES, MORALES Y PERJUICIOS, fue incoado por el ciudadano PEDRO RAFAEL ARÉVALO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-5.798.435, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, contra la Sociedad Mercantil TAXI LAZER ZULIA C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción judicial del estado Zulia, en fecha 30 de agosto de 2000, bajo el Nº 47, tomo 31-A y registrada en acta de asamblea de accionistas en fecha siete (07) de agosto del año dos mil siete (2007), anotado bajo el Nº. 24-tomo 81-A, declara:
ÚNICO: la SUSPENSIÓN de la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en el ju.....