Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. SIN LUGAR la demanda de ALIMENTOS, intentada por el ciudadano JULIO CESAR CARRASQUERO BELLIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.461.923 y de este domicilio, en contra del ciudadano JULIO AMADO CARRASQUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.694.651 y del mismo domicilio.
2. Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en juicio.