En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos GISELA SOFIA CHAVEZ BOSCAN y JHONY JOSE BRACHO, el día veinticinco (25) de septiembre del año mil novecientos noventa y tres (1.993), por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente, de la Parroquia Potreritos, Municipio Autónomo La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 01.
En relación a la comunidad conyugal, efectuada en los términos y condiciones en ella determinada y aceptada, de los bienes indicados por los ciudadanos antes mencionados, y cumplidas como han sido las formalidades de Ley, no siendo contraria a la ley, al orden público y a las buenas costumbres, este Tribunal la encuentra conforme y seg.....