Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, propuesta por ABDIEL ALEXANDER TORO ZABALA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 13.842.693 y domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de las decisiones de fechas 15.04.14 y 26.09.14 dictadas por el Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, San Francisco y Jesús Enrique Lossada de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por no encontrar este Juzgador que la acción haya sido impetrada con temeridad.