Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
- CON LUGAR, la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, incoada por el BANCO PROVINCIAL S.A, BANCO UNIVERSAL, sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Federal, originalmente inscrita en el Registro de Comercio llevado por el entonces Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, el día 30 de Septiembre de 1.952, bajo el No. 488, Tomo: 2-b, y cuyos estatutos modificados están contenidos en un solo texto, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA METALMECÁNICA MARQUEZ, empresa inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 7 de Agosto de 1.991, bajo el No. 39, Tomo: 3-A.
- Se declara RESUELTO, el contrato d.....