este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el referido artículo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 269 ejusdem, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente proceso que por PENSION DE ALIMENTOS instauró la ciudadana ADRIANA CAROLINA TORRES ALONSO contra el ciudadano NELSON LUIS TORRES MUÑOZ, todos ya identificados, en la parte narrativa de este fallo. Así se declara.
Igualmente, se SUSPENDE LA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada en fecha 14 de julio de 2006, ordenándose participar lo conducente al Departamento de Recursos Humanos de la Alcaldía de Maracaibo del Estado Zulia. Líbrese oficio.
No hay condenatoria en costas por tratarse de la Perención de la Instancia, de conformidad con lo dispuestos en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTR.....