declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus LIVIA JOSEFINA BARRIOS a los ciudadanos JENNIFER THAIS, JOHANNA CELINA, JOHANY JOSEFINA y JENNIER JOSE ESPINA BARRIOS, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas. Dada, sellada y firmada en Maracaibo a los veintitrés (23) días del mes de Abril de 2008. AÑOS: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.