Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la nulidad del documento de hipoteca de fecha 22 de Septiembre de 1.998, anotado bajo el No. 41, protocolo primero, Tomo 7, por ante la Oficina Subalterna del Registro del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte motiva de este fallo, y en consecuencia, se ordena oficiar a la referida oficina registral en la persona del Registrador a los fines legales correspondientes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. OFÍCIESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zul.....