Es por ello, que fue establecida por este Juzgado la Medida Complementaria en la decisión ya señalada previamente, en donde se ordenó notificar a la ciudadana NOEMELY MARGARITA ORTEGA MARTINEZ, individualizada en autos, a la abstención de arrendar el inmueble situado en la Urbanización "La California" Calle 48, N° 15D-77, sin el consentimiento de la totalidad de los herederos identificados en la presente causa, para evitar cualquier gravamen en el inmueble objeto de medida. ASÍ SE CONSIDERA.-
Consecuentemente, mal podría haberse ampliado la medida innominada referente a la designación de Administrador Judicial en la decisión No. 038-2021, sobre el inmueble ubicado en la Urbanización "La California" Calle 48, N° 15D-77; por esto, el fin que persigue la presente aclaratoria, además de mantener un orden claro con respecto a las medidas dictadas durante la presente causa, es dilucidar cualquier confusión y omisión que se pudo generar en la decisión dictada por este Órgano Jurisdiccional.
.....