DECISION
Por los fundamentos de hecho y derecho explanado ut supra, este Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana ENEIDA JOSEFINA BRACHO FRANCO en contra de la ciudadana MARISELA FERNANDEZ.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la reclamación por daños y perjuicios planteada por el demandante.
TERCERO: CONDENAR EN COSTAS AL DEMANDANTE por haber resultado vencido totalmente de conformidad con el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 1.384 del Código Civil y a los fines del 72 ordinales 3° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE.