Por los fundamentos de hecho y derecho explanados, este Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN ALIMENTARIA propuesta por la ciudadana Cinthia Concepción Castillo Ballestero con el carácter ante dicho, en contra del ciudadano José Manuel Da Silva; en consecuencia se fijan las siguientes obligaciones:
1.- OBLIGACIÓN ALIMENTARIA ORDINARIA: hasta por un monto de BOLÍVARES QUINIENTOS MIL (Bs. 500.000, oo) mensual, el cual deberá el obligado sufragar los primeros 5 días de cada mes.
2.- OBLIGACIÓN ALIMENTARIA EXTRAORDINARIA: la cantidad de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000, oo), para satisfacer las necesidades de los niños reclamantes durante las festividades navideñas y fin de año, la cual deberá satisfacer el demandado los primeros 5 días del mes de diciembre de cada año.
3.- OBLIGAC.....