En consecuencia, por los fundamentos expuestos este Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA INTERDICCION en FORMA PROVISIONAL del ciudadano ROBERTO JOSE GUTIERREZ BENITEZ, titular de la cédula de identidad V-18.944.114.
SEGUNDO: La designación de TUTORA INTERINA en la persona de ISORA MARGOT BENITEZ APONTE, portadora de la cédula de identidad V-5.776.325.
TERCERO: Notificar a la tutora nombrada para que comparezca dentro de los tres días hábiles siguientes a la constancia en actas de su notificación, a los fines de manifestar su aceptación o excusa del cargo. En el primero de los casos deberá el juramento de Ley.
CUARTO: Expedir copia certificada del presente fallo y del acto de juramentación del tutor designado en caso de aceptación, a los fines de su registro por ante el Registro Subalterno de Ciudad Ojeda, de c.....