En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos y de conformidad con lo establecido en el articulo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Bobures, Administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, LO ADMITE, le da entrada, se ordena formar expediente y enumerar el mismo. En consecuencia HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes, ciudadanos: AIDEE GUARDO MÁRQUEZ y YOBEIRO ALDONIS SOTO SOLARTE, identificados anteriormente y se le da el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el articulo 375 Ejusdem. De igual manera y conforme a lo preceptuado en el último aparte del artículo 369 Ejusdem advierte que la obligación alimentaría será ajustada en forma automática y proporcional en la misma manera en que aumente el salario Mínimo un 10% sin necesidad de acudir al Órgano Jurisdiccional. En co.....