Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, ENIRETH DEL CARMEN URDANETA NAVARRO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.912.466, domiciliada en el sector Santa Roza del Caserío Valderrama kilómetro 19, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y NORGE OSNEIRO SALAS AVILA, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.847.446, domiciliado la Población y Parroquia de Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, en beneficio de sus hijas: XXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXX SALAS URDANETA, de 06 y 04 años de edad, S.....