Por los fundamentos expuestos éste JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano EDITH ESCOLA, Cédula de Identidad No. 3.467.644, Abogado en ejercicio, actuando en representación de los ciudadanos ISABEL DEL CARMEN PETIT DE GONZALEZ, MARY DEL CARMEN PETIT FERNANDEZ y HERNAN ENRIQUE PETIT FERNANDEZ, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia en contra del ciudadano MIGUEL EDUARDO NIEVES JIMENEZ ya identificados y se ordena al demandado cumplir con los pagos de los cánones de arrendamiento reclamados en los términos expresados en el texto de la presente sentencia.