Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
¿ Consumado el acto procesal de la transacción celebrada en este juicio por DESALOJO DE INMUEBLE Y COBRO DE CANONES DE ARRENDAMIENTO, incoado por los ciudadanos ANA ABREU, RAFAEL ABREU e YRAIDA ABREU, en contra del ciudadano LUIS CORONA CARRUYO, y solicitada como ha sido su homologación y que sea pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva, habiendo sido en consecuencia revisados todos los extremos legales, SE DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN CELEBRADA EN ESTE JUICIO, en consecuencia pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva.
¿ Se acuerda expedir copia fotostática certificada del documento objeto de esta demanda.....