Por los razonamientos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, no tiene mas que decidir, en consecuencia, DECLARA:
PRIMERO: OFICIESE A LA EMPRESA POLIOLEFINAS INSTERNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA (POLINTER, S.A.), en referencia a lo acordado y oficiar a la entidad bancaria Banco Mercantil, a los fines de que proceda al cierre de la cuenta.
SEGUNDO: ARCHÍVESE EL PRESENTE EXPEDIENTE una vez que conste en actas el acuse de recibo del oficio remitido a la empresa POLINTER, S.A y a la entidad Bancaria Banco Mercantil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Los Puertos de Altagracia, a los catorce (14) días del mes de Junio de dos mil once.- AÑOS: 201° de.....