Vista la Transacción efectuada y suscrita por las partes en la presente causa, mediante diligencia de fecha seis (06) de agosto de dos mil diez (2010), y por las razones expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA HOMOLOGADA la TRANSACCIÓN, celebrada entre las partes intervinientes en el presente procedimiento judicial de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ciudadana DARYL BENNY LEAL DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-19.968.036, domiciliada en la calle Independencia, N°. 17, sector Las Morochas, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del estado Zulia, actuando en nombre y en representación de su hija niña SANCHEZ LEAL, y el ciudadano YARWING RONALD SANCHEZ VILLAVICENCIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 18.704.170, domiciliado en el barr.....