Por las razones expuestas este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por PENSIÓN DE ALIMENTOS hoy OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ha incoado la ciudadana NUVIA MARGARITA FLORES, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 9.390.316, actuando en nombre y representación de su hija ORIANA DEL CARMEN ESCALONA FLORES, contra el ciudadano JOSÉ OSWALDO ESCALONA ARAUJO, titular de la cédula de identidad N°. V- 4.756.998