Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el Juicio por PENSIÓN DE ALIMENTOS seguido por la ciudadana YASMINA MARÍA SAAVEDRA GALBAN, actuando a favor de los Menores, YASNEYKA ANDREINA, REYBER OLAGUER y NEY JOSÉ LUGO SAAVEDRA, contra el ciudadano NEY OLAGUER LUGO FERNÁNDEZ ASI SE DECIDE.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.