Por las razones expuestas y por los dispositivos legales enunciados, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO practicado por la parte solicitante, y da por consumado el acto, y se ordena proceder como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada en el presente procedimiento que por PREPARACIÓN DE VÍA EJECUTIVA, intento el ciudadano ROBERTO VILORIA SUÁREZ, contra la ciudadana IDA ELISA OCANDO.