Por las razones expuestas este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA la instancia en relación a los ciudadano: EDGAR JOSÉ, ELEINY DAYANA y PABLO JOSÉ LOBO BALLESTERO, representados por su progenitora ciudadana: NANCY BALLESTERO DE LOBO en la presente causa que por Pensión Alimentaría hoy Obligación de Manutención incoado en contra del ciudadano: PABLO SEGUNDO LOBO CUBA, venezolano, mayor de edad, casado, trabajador petrolero, titular de la cédula de identidad No. V-4.527.480.
No hay condenatoria en costas.