Vista la solicitud de TITULO PARA PERPETUA MEMORIA (HEREDERA UNIVERSAL) suscrita y presentada por la solicitante, y por las razones expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA PARCIALMENTE lo solicitado por la ciudadana MARÍA GREGORIA RAMIREZ PÉREZ, Declarándola HEREDERA UNIVERSAL solo del ciudadano JOSÉ BENJAMIN RODRÍGUEZ, salvaguardando los derechos de la ciudadana ISOLINA DEL CARMEN RAMIREZ PÉREZ, y de cualquier tercero con interés real.-