Por las razones expuestas y por los dispositivos legales enunciados, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO practicado por la parte demandante, y da por consumado el acto, y se ordena proceder como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada en el presente procedimiento por PARTICIÓN DE BIENES seguido por el ciudadano TUBALCAÍN BRAVO, contra las ciudadana MAGALY COROMOTO GODOY DE ARCAYA, VERÓNICA CAROLINA ARCAYA GODOY y VANESA ARCAYA GODOY. Así mismo se ordena devolver los documentos originales insertos en actas en la forma solicitada por la parte actora, dejando copia certificada de los mismos en actas.
Cumplidas como hayan sido las formalidades se ordena el archivo del presente expediente