Por todos los fundamentos y los dispositivos legales antes expuestos, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO Y DA POR CONSUMADO el ACTO DE TRANSACCIÓN celebrado entre ambas partes, por medio de sus Apoderados Judiciales NERY MONTILLA BALLESTERO y FRANCIA RONDÓN MARTÍNEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los números: 46.491 y 19.345, respectivamente, en fecha veintiuno (21) de diciembre de dos mil diez (2.010),