Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: que son suficientes los fundamentos y derechos de propiedad que tiene el ciudadano YASER HUNEIDI AMER, titular de la cédula de identidad No. V-14.266.067, sobre las mejoras y bienhechurías fomentadas sobre un inmueble o parcela de terreno propiedad de la Municipalidad con área según mesura de TRESCIENTOS CINCUANTA Y CINCO METROS CON SETENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS (355,74 mts2) aproximadamente, ubicado en la Avenida Intercomunal, Sector Las Morochas N°. 360 en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia. Asimismo, se ordena notificar al Alcalde del Municipio Lagunillas del Estado Zulia y una vez que conste en auto la notificación, prevista en el último aparte del 152 de la actual Le.....