Por los razonamientos y dispositivos legales antes expuestos este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia EN NOMBRE de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por la ciudadana NELIS ROSA VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.819.389, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
No hay condenatoria en costas por la Naturaleza de la decisión.