Por las razones expuestas y por los dispositivos legales enunciados, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO y da por consumado el acto, y se ordena proceder como Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada en el presente procedimiento por COBRO DE BOLIVARES (Procedimiento por Intimación), incoado por la ciudadana JOSEFINA FELIZA VELAZCO, contra el ciudadano WLLIAM RAFAEL ROJAS VELAZCO.
Cumplidas como hayan sido las formalidades se ordena el archivo del presente expediente, y se ordena la devolución de los originales solicitados por la Apoderada Judicial de la parte actora.