Por las razones expuestas este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA la instancia en el juicio que por PENSIÓN DE ALIMENTOS hoy OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ha incoado la ciudadana DELSY COROMOTO BRICEÑO DE CARRERO, únicamente sobre su hija DELSY COROMOTO CARRERO BRICEÑO, contra el ciudadano MARCELINO CARRERO BÁEZ, por haber alcanzado ella la mayoridad de edad, según lo dispuesto en el Art. 383, literal "b" de la LOPNA.-
Se ordena oficiar al Instituto Nacional del Menor (INAM), a los fines de que se sirva levantar un Informe Socio Económico completo en el lugar de residencia de los menores KENNY JOEL y KELVIN MARCELINO CARRERO BRICEÑO.
No hay condenatoria en costas.