D E C I S I Ó N
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda por RECLAMACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTARIA, instaurada por la ciudadana KEYLA ANDREINA BADELL CARDOZO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.052.948 y domiciliada en el Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, asistida por el Abogado en ejercicio ALEJANDRO ANDRADE GUTIÉRREZ, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.437, a favor de la niña MARIA GABRIELA RODRÍGUEZ BADELL, y en contra del ciudadano ARTURO JOSÉ RODRÍGUEZ CAMPOS; indicándoles que podrán intentar nuevamente la misma sin que hayan transcurrido los noventa (90) días a los que hace referencia el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil, conforme a la Jurisprudencia emanada de la Sala C.....