D E C I S I Ó N
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda por COBRO DE BOLIVARES POR DAÑOS MATERIALES ACCIDENTE DE TRANSITO, instaurada por la ciudadana MARBER ANTONIA URDANETA SEMPRUN, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-12.100.653, contra de los ciudadanos ROMAN SEGUNDO VILLAMIZAR MENDEZ y LUCRECIA CARBONELL DE VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.527.758 y V-5.820.087, respectivamente y domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, indicándose que no se podrá intentar nuevamente la misma sin que hayan transcurrido los noventa (90) días a los que hace referencia el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Jurisprudencia emanada de la Sala Constitucional .....