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Decisiones del dia 21/01/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Mara, Páez y Almirante Padilla
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : S-012-2014 N° Sentencia : 09 Fecha: 21/01/2014
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
QUINTERO DE GALLARDO RAMONA ELENA
Resumen:
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus GALLARDO ELIO RAFAEL, quien falleciera ab instestato el día 25 de noviembre de 2013, a la ciudadana QUINTERO DE GALLARDO RAMONA ELENA, titular de la cédula de Identidad Nro. V-3.508.359, y a los ciudadanos ELIO RAFAEL, EDWAR RAFAEL, RAXELYS ELENA y RAELYS GALLARDO QUINTERO, titulares de las cédulas de Identidad Nro. V-6.663.851, V-11.066.471, V-16.212.780 y V-13.609566, en su condición de esposa e hijos respectivamente. El Tribunal deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la postulante, y provéase las copias certificadas solicitadas. Publíquese y regístrese. .....
Juez/Ponente:
Jackeline Torres Carrillo
Organo:
Juzgado de los Municipios Mara, Páez y Almirante Padilla
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N° Expediente : 3105-2014 N° Sentencia : 02 Fecha: 21/01/2014
Procedimiento:
Medida Preventiva
Partes:
RINCON GONZALEZ PAOLY LUCENA VS GRISELIO SEGUNDO FERNANDEZ PALMAR
Resumen:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado en beneficio único y exclusivo de la niña de autos. Y así queda claramente establecido. ACUERDA: Ejecutar la medida preventiva de embargo decretada en este auto mediante oficio dirigido al Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas, Comandancia General de la Guardia Nacional y Caja de Ahorro de la Guardia Nacional¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬, a fin de participarle de las medidas y proceda a realizar las retenciones aquí ordenadas. Y ASÍ SE DECIDE. En tal sentido, líbrese oficios con las inserciones correspondientes. Cúmplase.- Déjese copia certificada de este fallo de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en San Rafael de El Moján, a los veintiun (21) días del mes de enero de dos mil catorce (2.014). Años: 203° de la Independ.....
Juez/Ponente:
Jackeline Torres Carrillo
Organo:
Juzgado de los Municipios Mara, Páez y Almirante Padilla
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