DISPOSITIVA ¿
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: APROBADO y HOMOLOGADO el desistimiento hecho por la ciudadana YINCELY DEL CARTMEN DELGADO MORALES, en fecha 24 de Septiembre de 2008, al procedimiento que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, iniciara en contra del ciudadano DIEGO DANIEL VÍLCHEZ PARRA. En consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada formal y queda concluido el juicio. Igualmente, se suspenden todas las medidas preventivas de embargos que en fecha 28 de Julio de 2.008, fueran decretadas en este proceso sobre los beneficios laborales que percibe el obligado en la Empresa AMACO S.A. Archívese el expediente.