Las cantidades que correspondan en cada caso, deberán ser retenidas en su oportunidad del sueldo, aguinaldos y beneficios que perciba el demandado de autos como funcionario, adscrito a la Policía Regional del Estado Zulia. A fin de garantizar las pensiones futuras a favor de la niña antes mencionada, se ordena retener de las prestaciones sociales, y/o cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano: BISAYL LEONIDES QUERALES REVEROL, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que dé por terminada su relación laboral, la suma correspondiente a treinta y seis (36) mensualidades de pensiones futuras tomando en cuenta la última pensión de alimentos que le haya sido retenida al obligado. En caso de aplicarse la retención anterior, la cantidad que corresponda deberá ser remitida en cheque de gerencia a nombre de este Tribunal.
Con vista de la decisión aquí dictada, quedan modificadas las medidas de embargo preventivo decretadas en el juicio en fech.....