Por los fundamentos expuestos este Juzgado del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de TRANSACCION, celebrado entre las partes en el juicio de DESALOJO seguido por el ciudadano FERNANDO CONTRERAS BARBOZA, contra la ciudadana MILADIS CASTILLO, todos identificados en la parte narrativa de este fallo, homologa el presente convenimiento, dándole el carácter de cosa Juzgada, se ordena expedir copia certificada del presente expediente, y se abstiene de archivarlo hasta tanto no conste actas el cumplimiento de lo acordado en la presente transacción.
B) No hay condenatoria en costas por tratarse de un convenimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil
Publíquese, Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de con.....