En virtud de lo antes expuesto, este Juzgador en NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: Homologa el presente convenimiento, le da el carácter de cosa Juzgada y declara terminado el presente juicio, que por OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, hecha por el ciudadano LUIS FELIPE BRAVO RODRIGUEZ a la ciudadana MIRIAN COROMOTO GOMEZ, a favor de sus hijos LUIS ALEJANDRO, LUIRIANA MARIA, LUIS FELIPE Y LUIS JOSE BRAVO GOMEZ, ASI SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del juzgado del Municipio Colón y Francisco Javier pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Santa Bárbara de Zulia, a los Cuatro (04) días del mes de Junio del Dos Mil Nueve (2009). AÑOS: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez,
Abog. José M. Colmenares G.,
La Secretaria,
Abog. Andrea L. Ortega B.,