Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA para el conocimiento, sustanciación y decisión del presente asunto, en el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, con sede en la ciudad de Maracaibo, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por cuanto lo pretendido por la solicitante hace relación con un procedimiento contradictorio o contencioso que debe garantizar la audiencia de todas las personas que se encuentren asistidas del interés jurídico actual, en el establecimiento de la filiación que necesariamente ha de deducirse del acta de nacimiento cuya inserción se pretende.
Remítanse esta actuaciones en original al referido Tribunal en lo Civil, dejándose por Secretaría copia certificada de las mismas, con cargo de la solicitante.....